La Asociación “Supremo Consejo Colombiano del Grado 33º, Rito Escocés Antiguo y Aceptado de la Francmasonería” procediendo de conformidad con los lineamientos generales trazados por las Grandes Constituciones Masónicas de 1786 atribuidas a Federico II de Prusia, actuará sobre la base de los siguientes
- 1El Rito Escocés Antiguo y Aceptado, consecuente con la naturaleza de Escuela Iniciática de la Francmasonería Universal, es una Organización Masónica de Educación Continuada que enseña y desarrolla su Filosofía y Principios a través del estudio y la práctica ritualística de sus 30 grados, los cuales se numeran del 4º al 33º.
- 2Ratificamos la necesidad de la Creencia en un Principio Creador del Universo. Este requisito, que no implica definición alguna, permite que cada miembro del Rito conserve sus puntos de vista particulares sobre la Naturaleza del mismo.
- 3Somos defensores del Principio del Laicismo en la Educación Estatal, sin perjuicio de derecho que particularmente tiene toda familia a impartir a sus hijos la educación que estime la más adecuada, pues consideramos necesario que, por mutuo respeto, las funciones del Estado y de las Iglesias deben estar separadas.
- 4Con relación a las Logias Azules o Simbolismo, reconocemos que no existe autoridad masónica superior a la del Gran Maestro. Los Grados del Rito Escocés Antiguo y Aceptado se consideran complementarios, pero nunca superiores, al de Maestro Masón.
- 5El Supremo Consejo Colombiano del Grado 33º solo admitirá en su seno a aquellos Maestros Masones Activos que pertenezcan a Grandes Logias que cumplan con las normas Universales de Regularidad Masónica.
- 6Fieles a los Principios del Pluralismo y tolerancia de la Orden, respetamos y valoramos las formas de trabajo de otros sistemas regulares de enseñanza masónica, por lo cual nuestros miembros tienen la plena libertad de practicar también Ritos diferentes al Escocés Antiguo y Aceptado.
- 7Por ser contrario a las normas generales de la Orden Masónica e inconveniente para la unidad, fuerza y bienestar de las Cámaras Escocistas, nos abstendremos de ejercer, en nuestra capacidad corporativa, cualquier tipo de acción relacionada con política partidista. Por ello, las actuaciones de los miembros del Rito Escocés Antiguo y Aceptado en la vida profana, se harán exclusivamente a título personal y de acuerdo con los dictados de su conciencia, sin comprometer el nombre del Supremo Consejo.
- 8Reconocemos el derecho de las personas a agruparse o relacionarse sin prejuicios o fanatismos de ninguna clase. A nadie se rechazará por razón de su raza, origen, nacionalidad, o posición social.
- 9Para fortalecer el carácter de los miembros del Rito a fin de formar hombres que actuando con bondad y prudencia mejoren de esta manera la comunidad en que viven, consideramos un deber inculcar e inspirar sentimientos filantrópicos que se manifiesten a través de hechos concretos, sobre la base de los Principios de Rectitud, Responsabilidad, Amor a la verdad, Justicia, Solidaridad, Libertad, Igualdad y Fraternidad.